martes, 12 de marzo de 2013

Casarse en la playa, el campo o el chalet de la abuela

¿A qué sacerdote no le han llegado en varias ocasiones propuestas de celebrar una primera comunión en el jardín del chalet, un bautizo en medio del campo o una boda en lo alto del pico Picacho? La inmensa mayoría decimos simplemente no, cosa que cuesta bastante trabajo comprender a algunas personas.
Las razones suelen ser sobre todo o bien de tipo estético: “qué bonito sería aquí”, o práctico: “en lugar de desplazar a la gente todo en el mismo sitio y más sencillo”, aunque visto el flojo argumento se suelen disfrazar con la cosa de que la naturaleza es el gran espejo de Dios y en último caso con que es nuestra boda” y “podremos decidir”.
 

No. Un sacramento jamás puede ser “mi sacramento”: mi boda, la comunión de mi niña, el bautizo de mi hijo. Un sacramento es siempre celebración de Cristo y de la Iglesia y es en consecuencia la misma Iglesia la que dice cómo celebrarlo para que quede más patente su significado.
Es tradición de la iglesia que los sacramentos se celebren en los templos, según recoge el mismo derecho canónico: “El matrimonio entre católicos o entre una parte católica y otra parte bautizada no católica se debe celebrar en una iglesia parroquial; con licencia del Ordinario del lugar o del párroco puede celebrarse en otra iglesia u oratorio.”
La razón de fondo está en no trivializar el sacramento dejando que tome la razón principal de la celebración la estética del momento o la comodidad, y asegurar el carácter sagrado de la celebración en un templo adecuado, donde se suele desarrollar la vida de fe de las personas, y que deja más clara la unión entre sacramento puntual y vida de fe personal y comunitaria. Además no olvidemos que en el templo nos acompañan las imágenes de Jesús y María y está el Señor presente especialmente en el sagrario.
 
 
Por eso, y por esa unión de sacramento y vida ordinaria del cristiano, el primer lugar que se recomienda es el de una iglesia parroquial, y si no es parroquial, en otra iglesia u oratorio pero siempre con licencia del párroco. En cualquier caso, celebrarlo en lugar digamos “no sagrado” es algo siempre muy excepcional y necesita permiso expreso del ordinario del lugar, es decir, el obispo o el vicario que tenga esas facultades.
¿Cuál es pues el lugar ideal para celebrar un sacramento? La parroquia de cada uno, el mismo lugar donde vive su fe. ¿Y el campo, la playa, el arroyo, el bosque? Está bien para una película, pero no es lo que más favorece un auténtico clima de oración y comunión con toda la Iglesia. Ya sabemos que la naturaleza nos habla de Dios, pero los católicos tenemos la tradición de celebrar la fe en nuestros templos. ¿Tendría sentido que justo momento especiales en la vida de una persona, una pareja, como es por ejemplo el matrimonio, lo llevamos fuera del templo y la comunidad por razones de estética o comodidad? Parece claro que no.
Por eso los sacerdotes solemos negarnos. En primer lugar porque no es cosa nuestra, sino del obispo, autorizar una celebración fuera de un templo católico, y además porque salvo razones de peso evidentes, que son justo las que tiene que valorar el ordinario del lugar, la única justificación acaba siendo que “me apetece”. Y no parece que sea lo que más convenga.

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