Ilmo. Sr. D. José Julio Velasco Bolaño
Nació en Cancienes (Corvera) un 19 de marzo de 1964.
Estudió en los Salesianos, en el colegio público de Cancienes y en el Colegio San Fernando los tres últimos cursos de E.G.B, el BUP y COU.
Posteriormente ingresa en el Seminario de Oviedo, donde cursa los estudios eclesiásticos de filosofía y teología. En el año 1989 asistió al Papa Juan Pablo II como diácono ministrante en la eucaristía celebrada en la Morgal.
Tras ejercer el diaconado en nuestra Parroquia de Lugones fué ordenado sacerdote por Monseñor Díaz Merchán en la S.I.C.B.M. de San Salvador de Oviedo el 3 de junio de 1990.
El verano de 1990 sustituye, para dar vacaciones, a los Capellanes del Hospital General de Oviedo.
Sus cargos han sido los siguientes:
Vicario Parroquial de Santa María de la Barca de Navia (1990-1994)
Párroco de San Pedro de Andes (1990- 1994)
Vicario parroquial de San Salvador de Piñera y de San Antolín de Villanueva - Talarén (1991- 1994)
Párroco de Villardeveyo y Santa Eulalia de Ferroñes (Desde 1994 a la actualidad)
Capellán de Villabona y Delegado Episcopal de Pastoral penitenciaria (1995- 1998)
Párroco de San Salvador de Rondiella - Posada de Llanera, San Juan de Ables y Santa María de Brañes (Desde 1998 a la actualidad)
Párroco de San Cucufate de San Cucao y San Martín de Cayés (Desde 2009 a la actualidad)
Arcipreste de Siero (2006- 2016)
Es miembro del Consejo de redacción de la prestigiosa revista cultural “Perxuraos”, fue Pregonero de la fiesta de los “Exconxuraos” de Llanera en el año 2014 y es Hijo Adoptivo de Villardeveyo desde el año 2010; así mismo es miembro del jurado del galardón “Llanerense del año” que otorga el periódico el Tapín.
El vicario episcopal debe informar al obispo diocesano sobre los asuntos más importantes, y nunca actuará contra la voluntad e intenciones del obispo. Debe tener al menos treinta años de edad, ser doctor o experto en derecho canónico o teología, digno de confianza y de sana doctrina y experiencia en la gestión de asuntos. Para coordinar la actividad entre los vicarios episcopales y con el vicario general, el obispo puede constituir un consejo episcopal. |
Arcipreste de Oviedo:
Rvdo. Sr. D. Marcelino Garay Burgos
Nació en Colloto (Oviedo), el 28 de Julio de 1952.
Ingresó en el Seminario Metropolitano en 1972, una vez concluidos los estudios de Magisterio en la Escuela Normal de Oviedo.
El 11 de Junio de 1978 fue ordenado sacerdote en la Iglesia Parroquial de San José de Pumarín de Oviedo por Monseñor Gabino Díaz Merchán.
Sus cargos han sido los siguientes:
El 11 de Junio de 1978 fue ordenado sacerdote en la Iglesia Parroquial de San José de Pumarín de Oviedo por Monseñor Gabino Díaz Merchán.
Sus cargos han sido los siguientes:
Formador del Seminario Menor de Oviedo a la vez impartió clase en la EGB y en el BUP, en el Colegio “Nuestra Señora de la Asunción” (1978-1982).
Coadjutor en la Parroquia de San Juan Bautista de Mieres del Camino (1982-1983)
Coadjutor de la Parroquia de San Martín de Tours El Real, de Pola de Lena (1983-1988)
Párroco “in solidum” de San Esteban de Ciaño - Langreo (1988 - 1990)
*En 1990 fue enviado por la Diócesis a estudiar a Roma, donde permaneció dos cursos, licenciándose en Teología de la Espiritualidad.
Formador del Seminario Mayor Metropolitano (1992- 1993)
Párroco “in solidum” de San Esteban de Ciaño - Langreo (1988 - 1990)
*En 1990 fue enviado por la Diócesis a estudiar a Roma, donde permaneció dos cursos, licenciándose en Teología de la Espiritualidad.
Formador del Seminario Mayor Metropolitano (1992- 1993)
Vicerrector del Seminario Metropolitano (1993- 2002)
Profesor del Instituto de Ciencias Religiosas (1994-2010)
Profesor del Centro Superior de Estudios Teológicos (desde 1992 hasta la actualidad)
Delegado Diocesano de Acción Caritativa y Social y Delegado Episcopal de Cáritas (2002-2012)
Director espiritual del Seminario Metropolitano (2011 - 2013)
Santa Eulalia de Valduno y Santa María de Valsera (2012- 2013)
Delegado Episcopal de Clero (2012-2016)
Párroco de San Melchor de Quirós de Oviedo (Desde 2013 a la actualidad)
555 § 1. Además de las facultades que se le atribuyan legítimamente por derecho particular, el arcipreste tiene el deber y el derecho:
1 de fomentar y coordinar la actividad pastoral común en el arciprestazgo; 2 de cuidar de que los clérigos de su distrito vivan de modo conforme a su estado y cumplan diligentemente sus deberes; 3 de procurar que las funciones religiosas se celebren según las prescripciones de la sagrada liturgia; se cuide diligentemente el decoro y esplendor de las iglesias y de los objetos y ornamentos sagrados, sobre todo en la celebración eucarística y en la custodia del Santísimo Sacramento; se cumplimenten y guarden convenientemente los libros parroquiales; se administren con diligencia los bienes eclesiásticos; y se conserve la casa parroquial con la debida diligencia. § 2. En el arciprestazgo que se le encomienda, el arcipreste: 1 procure que los clérigos, según las prescripciones del derecho particular y en los momentos que éste determine, asistan a las conferencias, reuniones teológicas o coloquios, de acuerdo con la norma del ⇒ c.279 § 2; 2 cuide de que no falten a los presbíteros de su distrito los medios espirituales, y sea especialmente sea solícito con aquellos que se hallen en circunstancias difíciles o se vean agobiados por problemas. § 3. Cuide el arcipreste de que los párrocos de su distrito que sepa que se encuentran gravemente enfermos no carezcan de los auxilios espirituales y materiales, y de que se celebre dignamente el funeral de los que fallezcan; y provea también para que, cuando enfermen o mueran, no perezcan o se quiten de su sitio los libros, documentos, objetos y ornamentos sagrados u otras cosas pertenecientes a la Iglesia. § 4. El arcipreste tiene el deber de visitar las parroquias de su distrito, según haya determinado el obispo diocesano. |
No hay comentarios:
Publicar un comentario