miércoles, 9 de enero de 2013

Justicia

Luis Ignacio Amorós

Por D. Luis Ignacio Amorós

La cuarta virtud cardinal es la Justicia (del latín Iustitia), definida por el jurista Ulpiano como la voluntad, firme y constante, de dar a Dios y al prójimo lo que le corresponde (su derecho). Aristóteles es quién define que aquello que cada uno merece está en proporción a lo que contribuye, necesita o amerita. En cuanto a Dios, como definen los primeros mandamientos, se le denomina “virtud de la religión”. Con respecto al prójimo, la justicia antepone la equidad hacia las personas y el Bien Común por encima de otras consideraciones.


Las Sagradas Escrituras ponen con frecuencia al hombre justo como ejemplo de creyente, a reflejo del atributo divino de la Justicia. Así, el salmo 118 dice Siendo juez no hagas injusticia, ni por favor del pobre, ni por respeto al grande: con justicia juzgarás a tu prójimo. Y el salmo 15 resume la actitud de justicia, ¿Quién entrará, Yavé, en tu casa? ¿Quién morará en tu monte santo? Aquel que anda sin tacha y obra la justicia, dice la verdad de corazón, y con su lengua no detrae, que no daña a su hermano, ni hace agravio a su prójimo; con menosprecio mira al criminal, mas honra a los que temen a Yavé; que jura en su perjuicio y no retracta, no presta a usura su dinero, ni acepta propina en daño de inocente. Quien obra así, jamás vacilará.
Hay varios dichos en el libro de los Proverbios que confirman la bendición de Dios al justo: La boca del justo es fuente de vida, pero la boca del malvado oculta la violencia. El salario del justo procura la vida, la ganancia del malo, la ruina. La esperanza de los justos termina en alegría, mas la esperanza de los impíos se desvanece, etcétera.
El propio José de Nazaret, padre putativo del Salvador, es descrito como Justo en Mateo 1:19, por no denunciar a su mujer María, encinta antes de los esponsales. Jesucristo alecciona de este modo a sus discípulos en Mateo 6:33, Buscad primero el Reino de Dios y su Justicia, y lo demás se os dará por añadidura. También san Pablo insiste en la carta a los colosenses, Amos, dad a vuestros siervos lo que es justo y equitativo, teniendo presente que también vosotros tenéis un Amo en el Cielo.


En moral especial siempre se han destacado dos características de la Justicia: primero, no es un regalo que se hace, sino algo debido, una obligación hacia los demás. Segundo, debe ser estricta; es decir, no es justicia dar menos (cicatería) ni más (generosidad), sino lo que corresponde.
La Justicia tiene una gran importancia individual, ya que regula hacia el Bien nuestras relaciones con Dios y con nuestro prójimo. Su importancia hacia los demás es tal, que sin Justicia no puede existir propiamente un orden social: la Justicia hacia el prójimo es la base del respeto mutuo de los derechos, sin el cual no puede haber una sociedad verdaderamente ordenada, y por ende, libre. Tan es así que el profeta Isaías afirma en 32:17 que la paz es obra de la Justicia. La doctrina de Nuestro Señor, como bien recuerda Santo Tomás de Aquino, enseña que la paz es producto directo de la Caridad, pero indirecto de la Justicia.
Entre las partes de la Justicia destaca el hacer el bien debido y no obrar el mal nocivo al prójimo. Asimismo, el respeto a quién lo merece (a Dios, religión; a los padres, piedad; a la autoridad, obediencia; a las leyes, observancia). Existe también un antiguo listado de obras de Justicia: por el beneficio recibido, gratitud; por la injuria sufrida, justo castigo; en la promesa, fidelidad; en la palabra, veracidad; en los hechos, inocencia; en el trato con el prójimo, afabilidad y paciencia; en el uso de los bienes, liberalidad, y en la aplicación de las leyes, equidad. Todos ellos se conocen como integridad moral.
El moralista Royo Marín ("Teología moral fundamental y especial” Ed. B.A.C, 1957) enumera los siguientes deberes de Justicia:
1) Hacia Dios: cultivar las tres virtudes teologales (fe, esperanza, caridad) y la virtud de la Religión, es decir los tres primeros mandamientos del decálogo (adoración monoteísta de Yahvé, no blasfemar y santificar las fiestas) y los mandamientos de la Iglesia basados en las enseñanzas de Cristo.
2) Hacia el prójimo: respetar su vida, su cuerpo, su hacienda y su honor.
3) Hacia la familia: deberes de obligación entre padres e hijos, cónyuges y hermanos.
4) Hacia la sociedad: respetar y hacer respetar los derechos y deberes de los miembros de una sociedad, cumplir las leyes justas, trabajar por el Bien Común, administrar los bienes públicos como si fuesen propios.
La regla de oro de la Justicia cristiana la enunció Jesucristo, según recoge Mateo 7:12, “por tanto, todo lo que queráis que hagan con vosotros los hombres hacedlo también vosotros con ellos, porque en eso está la Ley y los Profetas”. Confucio había enunciado esa ley en forma negativa (“Lo que no deseas que otros te hagan a ti, no lo hagas a los demás”), pero es con la revelación cristiana cuando adquiere su sentido pleno de amor: se requiere una actitud positivamente justa hacia los demás, tomando como referencia la justicia debida hacia uno, es decir, su propio derecho.

Hay un dicho clásico en castellano: “justicia para mis enemigos, misericordia para mis amigos”. Se trata de un refrán que pone de manifiesto una creencia extendida, la de la dureza de la ley humana frente a la blandura de la enseñanza cristiana. No obstante, no hay contradicción entre la justicia debida y la compasión.
En efecto, mientras la ley mosaica (como toda ley) establecía que toda transgresión de la ley debía ser compensada, y cuando esta ofensa se hacía a Yahvé, por medio de un sacrificio; en Jesucristo se produce una inversión completa: Dios, el ofendido, paga la retribución de la falta ofreciéndose él mismo en sacrificio. Es la sustitución de la ley del talión (estrictamente retributiva) por la ley del Amor (en la que el ofendido intercede ante el juez por el ofensor). Jesús se ofrece como ejemplo vivo de lo que los cristianos hemos de practicar, el perdón al ofensor. No suprime la justicia retributiva (“No he venido a abolir la Ley y los profetas”), pero implica al agraviado en el acto de redención del hermano que transgrede la Justicia.
No siempre es sencillo dictaminar donde se halla el mejor derecho, por ello la de juez es sin duda la función más compleja que existe. El cristiano se halla en la obligación de buscar siempre la actuación justa, que respete el derecho de cada uno, y que busque el bien particular de cada uno y por encima de todo el Bien Común, que en todo caso se ordena a los mandamientos que Dios dispuso para nuestra salvación. Obrar con rectitud no es optativo para el creyente, sino obligado, por encima de inclinaciones, intereses, comodidades, filias o fobias, como las que todos tenemos.
Si así hacemos, seremos auténticos trabajadores por la Justicia. Se nos reputara como justos en este mundo, y alcanzaremos la misericordia de Dios en el otro.
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Con el juicio con el que juzguéis seréis juzgados, y con la medida que midáis seréis medidos. ¿Cómo es que ves la paja en el ojo de tu hermano, y no adviertes la viga en el tuyo?
Mateo 7, 2-3

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