martes, 20 de octubre de 2015

El TSJA anula el Decreto de la Consejería de Educación, en lo relativo a la asignatura de Religión, en Primero de Bachillerato


La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha dictado sentencia respecto de las dos demandas interpuestas por el Arzobispado de Oviedo, en relación a la impartición de la asignatura de Religión.
• En el caso de Primero de Bachillerato, el Tribunal anula el Decreto de la Consejería de Educación 43/2015, en lo que respecta a la asignatura de Religión, por considerar que existe “vulneración de Derechos Fundamentales a la igualdad y no discriminación”.
En lo referido a la situación de la asignatura de Religión en Segundo de Bachillerato, la sentencia indica que este asunto “se extralimita del procedimiento especial, debiendo canalizarse procesalmente tales cuestiones por la vía ordinaria”.
• En el caso del tratamiento de la asignatura en la Educación Secundaria Obligatoria, el Tribunal desestima el recurso al considerar que no se vulneran Derechos Fundamentales, puesto que existe la oferta y una asignatura alternativa, pero indica que lo que se demanda debe “canalizarse procesalmente por la vía ordinaria”.
El Arzobispado de Oviedo muestra su satisfacción por esta sentencia, porque de esta manera quedan garantizados los derechos que asisten a los alumnos y a los padres de familia a elegir la educación que quieran conforme a sus convicciones religiosas o morales.

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